La palabra Territorio proviene del latín "Terra", que
significa tierra, determinado como un área definida (incluyendo tierras y
aguas) a menudo considerada posesión de un estado, persona, organización,
institución, o país subdividido.
Para la autora Martha Pensaa denomina territorio a la zona
controlada o dominada por ciertos animales.
De esta manera se puede entender como la delimitación territorial
donde un Estado ejerce y dispone su autoridad mediante una autoridad legítima.
Para algunos estados su dominio territorial se extiende
al Mar Territorial el cual ha sido definido como es el espacio marítimo
que se extiende desde la “línea
de base” hasta un ancho de 12
millas marinas (la milla marina tiene 1.852 metros y equivale a un minuto del
arco de meridiano). El ‘mar
territorial’ comprende no sólo sus aguas sino también su suelo y
subsuelo. El país ribereño
es soberano en su mar territorial y en el espacio
aéreo que sobre él se encuentra, soberanía que se ejercerá con arreglo a la
Convención y a otras normas del derecho internacional. El
territorio en su estado físico ocupa un espacio dentro del globo terráqueo y su
ubicación geográfica se determina por latitudes y longitudes de sus fronteras.
El territorio con sus costas, montañas, ríos, lagos, pantanos, clima,
depresiones, recursos naturales, fronteras y otras peculiaridades, constituyen,
en sí misma una unidad politico - juridico - territerial .
Una frase expresa: "Sin territorio no hay población; si no existe
un espacio determinado sobre el cual se ejerza soberanía, existirían
aglomeraciones de personas de carácter temporal que no podrían nunca
catalogarse como verdaderos Estados"
El límite de este espacio físico perteneciente
al Estado viene a constituir la línea divisoria entre Estados adyacentes, ya
que las fronteras están constituidas por extensiones de territorio que separan
a un Estado de otro.
·
Dominio Aéreo
·
El dominio aéreo es el que ejerce el
Estado en el espacio que se prolonga verticalmente sobre su territorio o, mejor
dicho, sobre sus dominio terrestre y acuático.
Otra definición, esta orientada a señalar que
el dominio aéreo está formado por el espacio que circunda al territorio hasta
el infinito, siendo objeto de estudio en este dominio las aeronaves y la
radiografía.
·
El dominio aéreo se consideró como
ilimitado en su prolongación vertical, pero este concepto ha sido modificado no
sólo por el tránsito aéreo, que alcanza con la aviación moderna enormes
alturas, sino también por los satelites que se hacen circular en la
estratosfera (La estratosfera o estratosfera es
la capa de la atmósfera que se sitúa entre la troposfera y la
mesósfera y se extiende desde unos 11 hasta unos 50 Km. de la superficie).
Dominio Marítimo
El dominio marítimo ha sido recogida por el Secretario General de
Naciones Unidas en su Informe del 5 de octubre de 1998 cuando expresa: "Un
Estado latinoamericano, no parte de la Convención, reclama un área singular de
200 millas náuticas, denominada Dominio Marítimo, reconociendo expresamente la
libertad de navegación sobrevuelo más allá de las 12 millas. Por esta razón el
área marítima de
dicho Estado está considerada en una categoría especial como
otros, en lugar de ser clasificado como un mar territorial que se extiende más
allá de
las 12 millas.
Utis Posidetis Juris
El Principio del Utis Posidetis Juris,
fue incorporado a las instituciones americanas para fijar los límites de las
nuevas naciones según las viejas cédulas reales y en las leyes de ingles. En
virtud de esto nuevas. Asimismo, el utis possidetis en la época de la
emancipación de las colonias españolas, era la posesión natural de España, lo
que España poseía real y efectivamente, con cualquier título o sin título
alguno, no lo que España tenía derecho de poseer y no poseía. Asi pues, la
tesis del utis possidetis, fue siempre sostenida por el Paraguay, el cual ocupó
de forma pacífica, ininterrumpida y efectivamente las tierras de las Misiones,
el Chaco Boreal y, parte de Matto Grosso hasta el Río Yguazu, que luego en
sucesivas modificaciones administrativas y conflictos armados
fue perdiendo.
Este principio constituye una regla
política territorial Hispanoamericana que no fue aceptada por Estados Unidos ni
Brasil, los cuales exigieronla posesión de hecho como fundamento del derecho
territorial, es decir, el Utis Posidetis facti.
Dentro de este contexto, esta
expresión “Utis Posidetis Jure” constituyen en el lenguaje diplomático y en los
conflictos internacionales la manera en que las partes interesadas deben
mantenerse en la situación territorial previa a las hostilidades o discusiones
mientras se resuelva el caso.
Por ultimo, es un principio de derecho en
virtud del cual los beligerantes conservan provisionalmente el territorio
poseído al final de un conflicto, interinamente, hasta que se disponga otra
cosa por un tratado entre las partes.

·
La Soberanía como Conjunto de Competencias atribuidas al Estado por el
Derecho Internacional Público.
- Las competencias del Estado sobre su territorio tienen como base la soberanía estatal que a su vez se conecta, como señala la profesora Maria Victoria Revilla, con la idea de función. La soberanía comprende el conjunto de competencias atribuidas al Estado por el Derecho internacional, ejercitables con independencia e igualdad respecto de los demás Estados.
- · La soberanía tiene una proyección interna, sobre el territorio del Estado, en el que se ejerce de manera plena, exclusiva e inviolable, según señala Pastor Rueda la soberanía es el ejercicio de la autoridad suprema que reside en el pueblo y que se ejerce a través de los poderes públicos de acuerdo a su propia voluntad y sin la influencia de elementos extraños. Contrariamente, Carlos De León sostiene que "la soberanía es la cualidad de una sola potestad pública que manda sobre los suyos y que en nombre de los suyos trata con los demás, no admite limitaciones o determinaciones jurídicas extrínsecas.
- · Por ultimo, el autor De León antes mencionado estima también que, la soberanía como conjunto de las competencias atribuidas al Estado no es una mera formalidad, es un principio jurídico que a pesar de estar expuesto a las corrientes de la globalización financiera que caracteriza al contexto internacional actual, debe ser defendida para garantizar la seguridad del Estado.
- · La Carta de las Naciones Unidas establece que las relaciones de amistad entre las naciones están basadas en el respeto al principio de la igualdad de derechos y al de la libre determinación de los pueblos" y en el "principio de la igualdad soberana de todos sus Miembros
ESTABLECIMIENTO DE FRONTERAS
· Autores como Carlos Vargas (1999), Jesus Castañeda (2000) y Katiuska
Rodas(2006) coinciden en que, para la delimitación de fronteras se utilizan, la
mayoría de veces, aspectos visibles de la geografía de un país; por ejemplo, si
hay muchas montañas, se emplea el pico más alto o el fin de la cadena
montañosa. Con los ríos sucede algo similar: si la frontera es un río, la
división territorial se define en cada una de las orillas de éste. Con las
fronteras marítimas y aéreas es diferente; en estos casos se establecen líneas
imaginarias, jurídicamente establecidas y que son visibles en mapas y por medio
de coordenadas. El caso de la frontera aérea es utilizada para poder controlar
el cielo del país (un avión que desee pasar por el espacio aéreo de un Estado
ajeno a aquel de donde proviene debe pedir autorización, de lo contrario el
gobierno de dicho Estado puede considerar que su espacio aéreo está siendo
invadido, lo que puede conducir a que se tomen decisiones extremas que pueden
llegar hasta el derribo de la aeronave).
·
La frontera asume un nuevo rol y la lógica que
acompaña el proceso de integración latinoamericanas y de expansión económica,
social y cultural, analizándose a este proceso se concibe a una frontera como
un mecanismo de control pero también de de unión y apertura a mercados
internacionales que adquiere relevancia porque condiciona la integración.
·
Las fronteras se caracterizan por el alto grado de
vigilancia, para evitar entradas en masa de inmigrantes, de drogas,
·
Lo importante es saber que las fronteras son las que
demarcan la soberanía y el territorio de un país, y que dicho territorio no es
sólo terrestre, sino también aéreo, lacustre, marítimo y fluvial.
Como apoyo a este tema, sugiero el siguiente link, relacionado con las partes que integran el Territorio.
| http://dinternacionalp.blogspot.com/2011/05/61-partes-integrantes-del-territorio.html |
EL TERRITORIO VENEZOLANO

Cuando se investiga en la Web, se tiene que: Venezuela, oficialmente denominada República Bolivariana de Venezuela, es un país de América situado en la parte septentrional de América del Sur, constituido por una parte continental y por un gran número de islas pequeñas e islotes en el Mar Caribe, cuya capital y mayor aglomeración urbana es la ciudad de Caracas.
Posee una extensión territorial de 916.445 km². El territorio continental limita al norte con el Mar Caribe y el océano Atlántico, al oeste con Colombia, al sur con Brasil y por el este con Guyana. Con este último país, el Gobierno venezolano mantiene una reclamación por la Guayana Esequiba sobre un área de 159.542 km². Por sus espacios marítimos, ejerce soberanía sobre 71.295 km² de mar territorial,22.224 km² en su zona contigua,471.507 km² del mar Caribe y del océano Atlántico bajo el concepto de zona económica exclusiva, y 99.889 km² de plataforma continental. Esta zona marina limita con las de trece Estados.
OTROS CONCEPTOS BÁSICOS:
Territorio Continental
El territorio continental de Venezuela totaliza 914175 Km2, magnitud que constituye la mayor parte del territorio del país (99.86%).
Territorio Insular
Está integrado por el estado Nueva Esparta y las dependencias federales, con una superficie oficial de 1270 km2. Corresponden al conjunto de islas sobre las cuales Venezuela ejerce soberanía.
Espacio AéreoEs la porción de la atmósfera que cubre el territorio continental, insular y marítimo. El espacio aéreo está sujeto a toda normativa relativa a la soberanía del país.Áreas marinas y submarinasMar Territorial
Franja de superficie acuática, medida desde la línea de costa del estado ribereño, que penetra mar adentro hasta 12 millas náuticas. En esta área se ejerce soberanía plena.
Zona contiguaCorresponde a una franja adicional de 12 millas náuticas que se agrega al mar territorial, sobre cuya superficie marítima el estado ribereño no ejerce soberanía plena.
Plataforma continentalSe refiere al lecho marino y submarino que se prolonga, desde la línea de costa, por debajo de las aguas del mar, hasta la isobata de 200 metros. Superficie sumergida del territorio continental sobre la cual el Estado ejerce soberanía exclusiva.
Zona económica exclusivaSe trata de una zona marina en la cual el estado ribereño ejerce soberanía relativa. Tiene una anchura de 188 millas náuticas a partir del borde exterior que limita el mar territorial. En ella existe libertad plena para que otros estados naveguen, sobrevuelen, etc. Se trata de una zona de alta mar.
Aguas interioresAquellas que se encuentran encerradas por las líneas de base recta establecidas por el estado ribereño. Lago de Maracaibo.
Aguas HistóricasAntiguo concepto geopolítico según el cual un estado ribereño tiene derechos sobre aquellas configuraciones costeras de apreciable tamaño que históricamente han estado bajo su plena soberanía.
Aguas vitales
Está integrado por el estado Nueva Esparta y las dependencias federales, con una superficie oficial de 1270 km2. Corresponden al conjunto de islas sobre las cuales Venezuela ejerce soberanía.
Espacio AéreoEs la porción de la atmósfera que cubre el territorio continental, insular y marítimo. El espacio aéreo está sujeto a toda normativa relativa a la soberanía del país.Áreas marinas y submarinasMar Territorial
Franja de superficie acuática, medida desde la línea de costa del estado ribereño, que penetra mar adentro hasta 12 millas náuticas. En esta área se ejerce soberanía plena.
Zona contiguaCorresponde a una franja adicional de 12 millas náuticas que se agrega al mar territorial, sobre cuya superficie marítima el estado ribereño no ejerce soberanía plena.
Plataforma continentalSe refiere al lecho marino y submarino que se prolonga, desde la línea de costa, por debajo de las aguas del mar, hasta la isobata de 200 metros. Superficie sumergida del territorio continental sobre la cual el Estado ejerce soberanía exclusiva.
Zona económica exclusivaSe trata de una zona marina en la cual el estado ribereño ejerce soberanía relativa. Tiene una anchura de 188 millas náuticas a partir del borde exterior que limita el mar territorial. En ella existe libertad plena para que otros estados naveguen, sobrevuelen, etc. Se trata de una zona de alta mar.
Aguas interioresAquellas que se encuentran encerradas por las líneas de base recta establecidas por el estado ribereño. Lago de Maracaibo.
Aguas HistóricasAntiguo concepto geopolítico según el cual un estado ribereño tiene derechos sobre aquellas configuraciones costeras de apreciable tamaño que históricamente han estado bajo su plena soberanía.
Aguas vitales
Incluyen aquellos espacios geográficos esenciales para la seguridad y defensa del país ribereño, o para su subsistencia económica. Cuenca petrolífera del lago de Maracaibo.



